Articulo 8 TR de las disp...upuestario

Articulo 8 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario

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Artículo 8.- Determinación.

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1.- Los Presupuestos de la Administración de la Comunidad Autónoma, de los Organismos Autónomos Administrativos y de los Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma contendrán, con el grado de especificación y con la estructura que en cada caso se determine.

a) Un estado de ingresos comprensivo de los distintos derechos económicos a liquidar durante el ejercicio.

b) Un estado de gastos comprensivo de los créditos necesarios para atender el cumplimiento de las respectivas obligaciones, tanto de pago como de compromiso.

2.- Los Presupuestos de los Organismos Autónomos Mercantiles, Entes Públicos de derecho privado, Sociedades Públicas y Fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma contendrán las dotaciones de gastos y de ingresos, de inversiones y financiación del ejercicio así como un estado de compromisos futuros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-06-2011 en vigor desde 18-07-2011