Articulo 8 Tasas

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Artículo 8. 1-1. Hecho imponible

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Constituye el hecho imponible de esta tasa la utilización de las instalaciones del Complejo Educativo de Cheste a las que se refiere el artículo 8.1-5.

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  • Texto Original. Publicado el 30-12-2017 en vigor desde 31-12-2017