Articulo 8 Servicio jurídico de la Administración de la Junta
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Artículo 8. Ejercicio de la función Contenciosa.

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1. La representación y defensa en juicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos ante todo tipo de Tribunales corresponde en exclusiva a los letrados integrantes del Gabinete Jurídico, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 5 apartado 3 y 6 apartado 2.

2. La representación y defensa de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en procedimientos arbitrales podrá ser asumida por los letrados del Gabinete Jurídico, previa autorización de la Dirección de los Servicios Jurídicos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-10-2013 en vigor desde 14-11-2013