Articulo 8 regula las asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones nucleares
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»Artículo 8. Determinación de las asignaciones anuales.
Vigente
1. Anualmente la Dirección General de Política Energética y Minas fijará, mediante resolución, las asignaciones a distribuir para cada instalación en función de los criterios establecidos en los artículos anteriores.
2. Cuando, a juicio de la Dirección General de Política Energética y Minas, se produzca una modificación significativa de los datos en que se basan los coeficientes Ci definidos en el artículo 4.a), estos serán revisados mediante resolución.
Modificaciones
- Artículo modificado por Orden TED/295/2023, de 23 de marzo, por la que se modifica la Orden IET/458/2015, de 11 de marzo, por la que se regulan las asignaciones a los municipios del entorno de las instalaciones nucleares, con cargo al Fondo para la financiación de las actividades del Plan General de Residuos Radiactivos.
(BOE de 29-03-2023) en vigor desde 30-03-2023