Articulo 8 Reglamento reg... turístico

Articulo 8 Reglamento regulador del alojamiento turístico

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Artículo 8. Características de los distintivos y técnicas de reproducción

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1. Los distintivos estarán constituidos por una placa rectangular de metacrilato de 269 x 371 x 10 mm con esquinas redondeadas con radio de 30 mm, excepto para las viviendas de uso turístico. En la parte posterior de la placa se colocará un vinilo impreso en color correspondiente a cada empresa o establecimiento, donde figurarán los símbolos correspondientes a cada tipo, modalidad de empresa, establecimiento y, cuando proceda, las estrellas/llaves correspondientes a la categoría y especialidad del establecimiento, y, en su caso, bajo las estrellas, la mención de Gran Lujo, Lujo, Superior o Especialidad. Todo ello en la forma y con las dimensiones e indicaciones que por resolución del órgano competente en materia de turismo se determine.

2. El fondo de los distintivos será el siguiente:

a) Establecimientos hoteleros: será de color azul Pantone 286.

b) Bloques y conjuntos de apartamentos turísticos: será de color rojo Pantone 485.

c) Viviendas de uso turístico: será un vinilo adhesivo de color rojo Pantone 485, tendrá unas medidas de 200x276 mm, de unas 6 micras y cortado mediante plóter con esquinas de radio de 10 mm. En la parte superior se reserva un espacio para el número de inscripción en el Registro de cada alojamiento, con el contorno perfilado de llavero en forma de casa.

d) Empresas gestoras de viviendas de uso turístico: será de color rojo Pantone 485.

e) Campings y áreas de pernocta: Será de color verde Pantone 369.

f) Establecimientos de alojamiento turístico rural: Será de color marrón Pantone 483.

g) Albergues turísticos: Será de color verde Pantone 326.

3. Todos los distintivos contendrán el logotipo institucional Comunitat Valenciana, la impresión de orla, símbolos y textos de categoría otorgada, modalidad, especialidad y, en su caso, número de inscripción en el Registro en color blanco, con la salvedad de los distintivos de los establecimientos de alojamiento turístico rural en los que las estrellas/llaves serán de color verde Pantone 369.

4. Los archivos PDF editables de todos los distintivos a tamaño real necesarios para su producción quedarán a disposición de las personas interesadas en la página web http://www.turisme.gva.es. Las empresas y establecimientos turísticos podrán optar por el idioma valenciano o castellano para la producción de las placas normalizadas en las que figure el distintivo del tipo de establecimiento y, en su caso, categoría y especialidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-02-2021 en vigor desde 08-05-2021