Articulo 8 Reglamento de ... Edificios

Articulo 8 Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios

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Artículo 8. Otra reglamentación aplicable.

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Las instalaciones objeto del RITE deben cumplir, asimismo, con los demás reglamentos que estén vigentes y que le sean de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-08-2007 en vigor desde 29-02-2008