Articulo 8 Reglamento General de aplicación de la Ley de Caza
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Artículo 8. Registro de especies de caza en cautividad (Alectoris).

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En el registro de especies de caza en cautividad se inscribirán todos aquellos ejemplares de especies objeto de caza que se encuentren en cautividad y que tengan su estancia habitual en el territorio de Castilla-La Mancha o las que no habitando de forma habitual en nuestra comunidad autónoma no estén inscritas en ningún otro registro oficial y sean usadas para cazar en nuestra comunidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-03-2022 en vigor desde 03-03-2022