Articulo 8 Reglamento General de aplicación de la Ley de Caza
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»Artículo 8. Registro de especies de caza en cautividad (Alectoris).
Vigente
En el registro de especies de caza en cautividad se inscribirán todos aquellos ejemplares de especies objeto de caza que se encuentren en cautividad y que tengan su estancia habitual en el territorio de Castilla-La Mancha o las que no habitando de forma habitual en nuestra comunidad autónoma no estén inscritas en ningún otro registro oficial y sean usadas para cazar en nuestra comunidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-03-2022 en vigor desde 03-03-2022