Articulo 8 Régimen Jurídi...titucional

Articulo 8 Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional

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Artículo 8. Derechos.

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El Presidente, en razón de su cargo, tiene derecho a:

a) Utilizar la bandera de Cantabria como guión.

b) Percibir la remuneración que se consigne en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como disponer de los medios que se requieran para el ejercicio de su cargo.

c) Que le sean rendidos los honores que, en razón de la dignidad de su cargo, se establezcan en las disposiciones vigentes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-12-2018 en vigor desde 03-01-2019