Articulo 8 Procedimiento ...a numerosa

Articulo 8 Procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa y su categoría, la expedición, renovación, modificación o revocación del título y del carné de familia numerosa

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Artículo 8. Documentación para la renovación o modificación del título.

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1. La solicitud de renovación (Anexo I) debidamente cumplimentada contendrá la declaración responsable en la que deberá constar que no se han alterado las condiciones que permitieron el reconocimiento de la condición de familia numerosa, según lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre. Asimismo, se indicará el supuesto que da lugar a la renovación del título y el compromiso de aportar los documentos acreditativos que respecto a ello les sean requeridos por la Administración, en su labor de comprobación del cumplimiento de los datos declarados y tenencia de la correspondiente documentación.

2. A la solicitud de modificación del título (Anexo I), se adjuntará la documentación que acredite la variación o variaciones producidas, establecidas en el apartado 2 del artículo 7.