Articulo 8 Presupuestos generales para 2022 de I Balears
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Articulo 8 Presupuestos generales para 2022 de I. Balears

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Artículo 8. Otras normas especiales en materia de modificaciones de crédito

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1. La competencia para aprobar las rectificaciones de crédito y las transferencias de crédito entre centros gestores del Servicio de Salud de las Illes Balears corresponde a la consejera de Salud, a propuesta del director general de dicho servicio, salvo las que afecten a los créditos del capítulo 1, en cuyo caso la competencia corresponde a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

2. La competencia para aprobar las rectificaciones de crédito y las transferencias de crédito dentro de un mismo centro gestor del Servicio de Salud de las Illes Balears corresponde al director general de dicho servicio, salvo las que afecten a los créditos del capítulo 1, en cuyo caso la competencia corresponde a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Asimismo, la competencia para aprobar las rectificaciones de crédito y las transferencias de crédito en el presupuesto de gastos de la Agencia Tributaria de las Illes Balears corresponde al director de la Agencia.

3. Excepcionalmente, y de acuerdo con lo previsto en la letra e) del artículo 58.2 de la Ley de finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, se podrán aprobar transferencias de crédito que minoren créditos para operaciones de capital en los casos en que los créditos incrementados se destinen a operaciones corrientes en materia de educación, formación y orientación, sanidad, cooperación internacional, solidaridad, emergencias, violencia de género, protección de menores, servicios sociales, acciones sanitarias o educativas destinadas a hacer frente a los efectos directos provocados por la pandemia de la COVID-19 (programa 413G), actuaciones de recuperación, transformación e impulso económico como consecuencia de la misma (subprograma CV), y actuaciones imputables al factor de insularidad regulado en el Real decreto ley 4/2019 (programa 592A).

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2021 en vigor desde 01-01-2022