Articulo 8 Presupuestos 2019 Bizkaia
Artículo 8. Operaciones contables a la entrada en vigor del Presupuesto
1. A la entrada en vigor del presupuesto, se procederá a la contabilización de:
a) Los créditos de compromiso afectos al ejercicio 2018, en los créditos presupuestarios que corresponda.
b) Las variaciones producidas entre la presentación del proyecto de presupuestos y su aprobación, referente a la situación de las plantillas y puestos de trabajo.
c) Los saldos de adjudicaciones que no hubiesen alcanzado la fase de obligación reconocida al 31 de diciembre de 2018 y que no correspondan al Capítulo 1 «Remuneraciones de Personal».
d) Los importes correspondientes a la emisión de certificaciones de crédito anticipado. Dichas certificaciones se sustituirán por los documentos contables que correspondan con cargo a los créditos presupuestarios a los que se haya de imputar el gasto definitivo.
- Texto Original. Publicado el 31-12-2018 en vigor desde 31-12-2018