Articulo 8 Presupuestos 2012 C León

Articulo 8 Presupuestos 2012 C. León

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Artículo 8.º Autorización por la Junta de Castilla y León y comunicación a la misma.

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1. El órgano de contratación necesitará la autorización de la Junta de Castilla y León para celebrar contratos en los siguientes supuestos.

- a) Cuando el valor estimado del contrato calculado conforme a lo establecido en el artículo 76 de la Ley de Contratos del Sector Público sea igual o superior a 2.000.000 de euros.

- b) Cuando el contrato se pretenda celebrar en la modalidad de concesión de obras públicas.

- c) En los contratos que comprometan gastos para ejercicios futuros, cuando se superen los porcentajes o el número de anualidades legalmente previsto, o en los supuestos a que se refiere el artículo 113.1 de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de Castilla y León.

Cuando se precisen de forma conjunta la autorización de la letra c) de este apartado junto con cualquiera de las otras, la autorización para contratar llevará implícita la autorización para superar los porcentajes o el número de anualidades establecidos en la legislación vigente, previo informe de la Consejería de Hacienda.

2. En los contratos en que, de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior, se requiera la autorización de la Junta de Castilla y León, ésta se producirá con carácter previo a la aprobación del expediente de contratación que, al igual que la aprobación del gasto, corresponderá al órgano de contratación.

3. La Junta de Castilla y León podrá reclamar discrecionalmente el conocimiento y autorización de cualquier otro contrato.

4. Cuando la Junta de Castilla y León autorice la celebración del contrato deberá autorizar igualmente su modificación cuando la cuantía de ésta iguale o supere el límite previsto en el apartado 1 a) de este artículo, o bien sea causa de resolución, así como, en su caso, la resolución misma.

5. En los expedientes de contratación o de modificación de contratos, cuyo presupuesto sea igual o superior a 180.000 euros, IVA excluido, deberá comunicarse preceptivamente a la Junta de Castilla y León la aprobación del gasto en un plazo de 15 días.