Articulo 8 Potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos
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»Artículo 8. Derechos y obligaciones de los espectadores.
Vigente
1. Los espectadores tienen derecho a recibir el espectáculo en su integridad.
2. Los espectadores que durante la lidia se lancen al ruedo serán retirados del mismo y puestos a disposición de los miembros de las Fuerzas de Seguridad.
3. Reglamentariamente se determinarán los demás derechos y deberes que puedan corresponderles.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-04-1991 en vigor desde 25-04-1991