Articulo 8 modelos 322, 353 y 039, correspondientes al Regimen especial del Grupo de Entidades en el IVA
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Articulo 8 modelos 322, 353 y 039, correspondientes al Regimen especial del Grupo de Entidades en el IVA

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Artículo 8. Plazo de presentación de los modelos 322 y 353.

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La presentación de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos 322 y 353, así como, en su caso, el ingreso de la cantidad resultante del modelo de autoliquidación 353, se efectuará en los treinta días naturales del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la declaración-liquidación mensual correspondiente al mes de enero.