Articulo 8 de Modelos 123...es ajenos-

Articulo 8 de Modelos 123 -declaración de ingreso- y 193 -resumen anual de rendimientos del capital mobiliario-, y modelos 124 -declaración de ingreso- y 194 -resumen anual de derivados de activos de captación y utilización de capitales ajenos-

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Octavo. Plazo de presentación de los modelos 193 y 194, en pesetas o en euros, por medio de soporte directamente legible por ordenador.

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La presentación del soporte directamente legible por ordenador conteniendo el resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta, modelos 193 y 194, en pesetas o en euros, previamente validado conforme a lo dispuesto en el apartado quinto de la presente Orden, así como la documentación que al mismo haya de acompañarse, se realizará en el período comprendido entre el 1 de enero y el 20 de febrero de cada año, en relación con las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta efectuados que correspondan al año inmediato anterior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-11-1999 en vigor desde 20-11-1999