Articulo 8 Modelo 196: Re...inancieras

Articulo 8 Modelo 196: Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras

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Artículo 8. Reglas aplicables al suministro informativo en el modelo 196 en el supuesto de que existan varios perceptores titulares de la misma cuenta.

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Exclusivamente a los efectos del suministro informativo de rentas o rendimientos en el modelo 196, en aquellos supuestos en que existan varios titulares de una misma cuenta en toda clase de instituciones financieras, los obligados tributarios deberán realizar el citado suministro informativo individualizando los datos correspondientes a cada uno de los cotitulares de la misma cuenta. Esta individualización se realizará de acuerdo con la proporción de participación de cada uno de los cotitulares de la misma cuenta que conste de manera fehaciente al obligado tributario. En defecto, de constancia fehaciente, la proporción de participación se deberá atribuir a cada uno de los cotitulares, a los citados efectos informativos, por partes iguales.

A los efectos del suministro informativo de los saldos medios del último trimestre y de los saldos a 31 de diciembre en el modelo 196, en aquellos supuestos en que existan varios titulares de una misma cuenta en toda clase de instituciones financieras, los obligados al suministro de información deberán realizar el citado suministro informativo sin individualizar estos datos, consignando en cada registro de declarado los saldos de la cuenta.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-11-2008 en vigor desde 01-01-2009