Articulo 8 Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha.
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»Artículo 8. Evaluación de los proyectos de inversión.
Vigente
Una vez completa la documentación que incluirá los informes emitidos señalados en el artículo anterior, la unidad de acompañamiento empresarial impulsará la evaluación de los proyectos:
a) En el caso de proyectos pertenecientes a sectores calificados como estratégicos, comprobará el cumplimiento de los criterios o supuestos a los que hace referencia el apartado 4 del artículo 5, emitiendo el correspondiente informe propuesta a la correspondiente Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
b) En el resto de los casos, remitirá a la Consejería competente en materia de ordenación territorial la totalidad del procedimiento para su valoración.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-2020 en vigor desde 01-08-2020