Articulo 8 Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos pa...peos de Recuperación
Articulo 8 Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación
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»Artículo 8. Tramitación anticipada.
Vigente
En el caso de que la tramitación del expediente para la celebración del convenio se inicie en el ejercicio corriente, pero se prevea que su ejecución presupuestaria no vaya a tener lugar hasta el ejercicio siguiente u otros ejercicios posteriores, será posible su tramitación anticipada, pudiendo llegar hasta la fase de formalización en el ejercicio corriente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-06-2021 en vigor desde 01-07-2021