Articulo 8 Medidas tributarias urgentes
Artículo 8. Cuota íntegra corregida en el Impuesto sobre sucesiones y donaciones
1. Se modifica el apartado 1 del artículo 14 de la Ley 22/2006, de 19 de diciembre, de reforma del Impuesto sobre sucesiones y donaciones, que queda redactado de la siguiente manera:
1. La cuota íntegra corregida se obtendrá aplicando a la cuota íntegra el coeficiente multiplicador que corresponda de los que se indican a continuación en función de la cuantía del patrimonio preexistente del sujeto pasivo y de su parentesco con el transmitente, de acuerdo con las cuantías y los grupos siguientes:
Patrimonio Preexistente (euros) | Grupos I y II | Grupo III. Colaterales de segundo y tercer grado por consanguinidad, ascendientes y descendientes por afinidad | Grupo III. Colaterales de segundo y tercer grado por afinidad | Grupo IV |
De 0 a 400.000 | 1,0000 | 1,5882 | 1,9500 | 2,0000 |
De 400.000 a 2.000.000 | 1,0500 | 1,6676 | 2,0000 | 2,1000 |
De 2.000.000 a 4.000.000 | 1,1000 | 1,7471 | 2,1000 | 2,2000 |
Más de 4.000.000 | 1,2000 | 1,9059 | 2,3000 | 2,4000 |
2. Se modifica el apartado 1 del artículo 32 de la Ley 22/2006, que queda redactado de la siguiente manera:
'1. La cuota íntegra corregida se obtendrá aplicando a la cuota íntegra el coeficiente multiplicador que corresponda de los que se indican a continuación en función de la cuantía del patrimonio preexistente del sujeto pasivo y de su parentesco con el transmitente, de acuerdo con las cuantías y los grupos siguientes:
Patrimonio Preexistente (euros) | Grupos I y II | Grupo III. Colaterales de segundo y tercer grado por consanguinidad, ascendientes y descendientes por afinidad | Grupo III. Colaterales de segundo y tercer grado por afinidad | Grupo IV |
De 0 a 400.000 | 1,0000 | 1,5882 | 1,9500 | 2,0000 |
De 400.000 a 2.000.000 | 1,0500 | 1,6676 | 2,0000 | 2,1000 |
De 2.000.000 a 4.000.000 | 1,1000 | 1,7471 | 2,1000 | 2,2000 |
Más de 4.000.000 | 1,2000 | 1,9059 | 2,3000 | 2,4000 |
- Texto Original. Publicado el 12-05-2012 en vigor desde 13-05-2012