Articulo 8 Medidas para reforzar el ecosistema europeo de semiconductores
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»Artículo 8. Responsabilidad del CEIC
Vigente
1. Los CEIC serán responsables de sus deudas.
2. La responsabilidad financiera de los afiliados por lo que respecta a las deudas del CEIC se limitará a sus respectivas contribuciones al consorcio. Los afiliados podrán especificar en los estatutos del CEIC que asumirán una responsabilidad preestablecida superior a sus contribuciones respectivas o una responsabilidad ilimitada.
3. La Unión no será responsable de las deudas de los CEIC.