Articulo 8 Medidas Fiscal...eneralitat

Articulo 8 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2013 de la Generalitat

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Artículo 8

Vigente

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Se modifica el artículo 130 del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, dándole la siguiente redacción:

«Artículo 130. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de los siguientes servicios administrativos:

1. Inscripción en las pruebas para la selección del personal docente que efectúe la conselleria competente en materia de educación.

2. Inscripción en las pruebas para cada uno de los niveles de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.

3. Formación de expedientes para las pruebas selectivas de acceso a cuerpos docentes.

4. Expedición de certificaciones de hojas de servicios del personal docente no universitario.

5. Expedición en papel de certificados de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, así como de duplicados de los mismos.

6. Inscripción en pruebas para la obtención del título de Formación Profesional.

7. La participación en el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 01-01-2014