Articulo 8 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 1998 de la Generalitat
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»Artículo 8.
Vigente
Se suprime el apartado cuatro del artículo 164 de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre. De conformidad con ello, el actual apartado cinco de dicho artículo pasa a ser el nuevo apartado cuatro del mismo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1998 en vigor desde 01-01-1999