Articulo 8 medidas de la eficiencia energética y garantía de accesibilidad a la energía eléctrica
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»Artículo 8. Planes de ahorro y eficiencia energética: contenido
Vigente
Los planes de ahorro y eficiencia energética responderán a una estructura sectorial que permita fijar objetivos separados para los diferentes sectores o consumidores finales, y contendrán una relación de medidas e instrumentos para su ejecución en cada uno de los sectores identificados.
Los citados planes establecerán programas de renovación de equipos por otros de alto rendimiento energético, que llevarán a cabo de manera periódica en todos los sectores consumidores finales, definiendo su alcance y atribuyendo las responsabilidades y competencias para su puesta en marcha a las consejerías u organismos correspondientes de la Xunta de Galicia o a las administraciones locales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2017 en vigor desde 01-01-2018