Articulo 8 Lucha contra e...echo penal

Articulo 8 Lucha contra el blanqueo de capitales mediante el Derecho penal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 8. Sanciones aplicables a las personas jurídicas

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que las personas jurídicas consideradas responsables en virtud del artículo 7 sean castigadas con sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias, que incluirán multas de carácter penal o no penal y podrán incluir otras sanciones, tales como:

a) inhabilitación para obtener beneficios o ayudas públicas;

b) exclusión temporal o permanente del acceso a la financiación pública, incluidas las licitaciones, subvenciones y concesiones;

c) inhabilitación temporal o definitiva para ejercer actividades mercantiles;

d) sometimiento a intervención judicial;

e) orden judicial de disolución;

f) clausura temporal o definitiva de los establecimientos que se hayan utilizado para cometer el delito.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-11-2018 en vigor desde 02-12-2018