Articulo 8 Información contable y reintegro de libramientos con justificación posterior
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 8. Se introduce un nuevo apartado 4 en el artículo 129 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Vigente
«4. La Consejería competente en materia de Hacienda podrá establecer directrices generales para la aplicación del régimen sancionador.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-02-2020 en vigor desde 13-02-2020