Articulo 8 Infancia y Adolescencia
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»Artículo 8. Intergeneracionalidad.
Vigente
Las administraciones públicas de Andalucía impulsarán en sus políticas, programas y acciones intergeneracionales que aporten experiencias a mayores y menores, propiciando la interculturalidad, la diversidad, el aprendizaje conjunto y el enriquecimiento mutuo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-07-2021 en vigor desde 30-08-2021