Articulo 8 Impuesto sobre...e Gipuzkoa

Articulo 8 Impuesto sobre la Renta de no Residentes de Gipuzkoa

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 8. Individualización de rentas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


A los contribuyentes personas físicas les será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, sobre individualización de rentas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-12-2014 en vigor desde 12-12-2014