Articulo 8 Fomento de la investigación y de la innovación
Artículo 8. Plan gallego de investigación e innovación.
1. Se establece el Plan gallego de investigación e innovación como instrumento fundamental de planificación y coordinación de las políticas en materia de investigación, transferencia, valorización e innovación en Galicia.
2. El Plan gallego de investigación e innovación tendrá por objeto el establecimiento de los objetivos generales y particulares que se pretenden alcanzar con su desarrollo en los ámbitos de la investigación, transferencia, valorización e innovación en Galicia en un período temporal definido y la coordinación de los agentes del Sistema gallego de investigación e innovación participantes y de los recursos disponibles en relación con la investigación, con la transferencia de resultados, con la valorización y con la innovación, así como la coordinación de la participación de la Comunidad Autónoma de Galicia en los programas y planes nacionales e internacionales, el fomento de la innovación y de su gestión y la medición y evaluación de los resultados obtenidos en relación con los objetivos propuestos.
- Texto Original. Publicado el 17-06-2013 en vigor desde 17-09-2013