Articulo 8 Estatuto Básico del Empleado Público
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»Artículo 8. Concepto y clases de empleados públicos.
Vigente
1. Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.
2. Los empleados públicos se clasifican en
a) Funcionarios de carrera
b) Funcionarios interinos
c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.
d) Personal eventual.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-04-2007 en vigor desde 13-05-2007