Articulo 8 Estatuto de Au...ra Galicia

Articulo 8 Estatuto de Autonomía para Galicia

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Artículo 8.

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Una Ley de Galicia, para cuya aprobación se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de su Parlamento, fijará la sede de las instituciones autonómicas

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  • Texto Original. Publicado el 28-04-1981 en vigor desde 18-05-1981