Articulo 8 Empleo selectivo o medidas de fomento del empleo de trabajadores minusválidos
Artículo 8.
Las empresas deberán solicitar los trabajadores minusválidos de la correspondiente oficina de empleo, con descripción detallada de los puestos que se quieran cubrir, sus características técnicas, así como capacidad que debe tener el trabajador para cubrir dicho puesto. La presentación del contrato en modelo oficial y por ejemplar cuadruplicado, acompañado de la solicitud de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y del certificado que acredite el grado de minusvalía, expedido por el organismo competente, surtirá los efectos de solicitud de las subvenciones y bonificaciones a que hace referencia el artículo anterior.
El servicio público de empleo competente solicitará el informe de los equipos multiprofesionales sobre la adecuación del puesto de trabajo a la minusvalía de los trabajadores que, teniendo acreditada tal circunstancia, se encuentren inscritos en la oficina de empleo.
Completada la documentación, el servicio público de empleo competente notificará a las empresas la resolución sobre la concesión de las subvenciones o bonificaciones en el plazo de un mes a partir de la fecha de la presentación. Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa, se entenderán denegadas.
- Modificación realizada (8 (se deja sin efecto previsión de derogación)) por Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
(BOE de 11-02-2012) en vigor desde 12-02-2012 - Modificación realizada (8 (se deroga)) por Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentespara la mejora de la empleabilidad y la reforma de laspolíticas activas de empleo.
(BOE de 19-02-2011) en vigor desde 20-02-2011 - Artículo modificado por REAL DECRETO 170/2004, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusvalidos.
(BOE de 31-01-2004) en vigor desde 01-02-2004