Articulo 8 Electoral de La Mancha
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Artículo 8.

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Integran la Administración Electoral la Junta Electoral Central, la Junta Electoral de Castilla-La Mancha, las Provinciales y de Zona, así como las Mesas Electorales.

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  • Texto Original. Publicado el 05-01-1987 en vigor desde 06-01-1987