Articulo 8 Deporte de Can...-Derogada-

Articulo 8 Deporte de Canarias -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 8. Competencias de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Corresponden a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias las siguientes funciones:

a) La potestad reglamentaria.

b) La alta inspección del ejercicio por parte de los cabildos de las competencias transferidas y delegadas, en los términos establecidos en la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

c) El fomento, coordinación, tutela e inspección del deporte federado.

d) La regulación de la formación y titulación de técnicos deportivos que no corresponda a profesiones con titulación académica.

e) La organización y promoción de actividades deportivas cuyo interés exceda del ámbito insular.

f) La aprobación del Plan Regional de Infraestructuras Deportivas de Canarias.

g) La construcción, mejora y gestión de instalaciones deportivas singulares de interés suprainsular.

h) El fomento del deporte de alto nivel.

i) La planificación y reglamentación del deporte en edad escolar.

j) La divulgación del conocimiento relativo a las ciencias del deporte.

k) El reconocimiento oficial de nuevas modalidades deportivas en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

l) La autorización de competiciones deportivas no oficiales de ámbito suprainsular.

m) La regulación de los requisitos de las instalaciones y establecimientos destinados a la enseñanza o práctica de cualquier clase de actividad físico-deportiva.

n) La planificación y coordinación de los centros de apoyo al deportista dependientes de las Administraciones públicas.

ñ) La coordinación de la actividad física-deportiva entre las universidades canarias.

o) Las demás funciones que esta Ley le atribuye.

2. Las competencias señaladas en la letra g) del apartado anterior podrán ser objeto de delegación en los cabildos insulares.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-07-1997 en vigor desde 18-07-1997