Articulo 8 Calidad alimentaria de Galicia
Artículo 8. Objeto de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria
La Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria tiene por objeto:
a) Operar como instrumento básico de actuación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de protección de la calidad alimentaria diferenciada, así como en materia de promoción del consumo de los productos agroalimenticios en general y, en particular, de los acogidos a las distintas figuras de protección de la calidad diferenciada.
b) Investigar y promover el desarrollo tecnológico en el sector alimentario.
c) Desarrollar las actividades de I+D+I en los sectores agrario, ganadero y forestal.
d) Realizar cualesquier otras actuaciones relacionadas con las actividades anteriores que determine la consejería de adscripción.
e) Fomentar, mediante su personal docente e investigador, la formación y la transferencia de conocimiento al sector agrario.