Artículo 8 bis. Objetivo específico 6 - Semiconductores
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Vigente
La contribución financiera de la Unión en virtud del objetivo específico 6 - Semiconductores perseguirá los objetivos establecidos en el artículo 4, apartado 2, letras a) a d), del Reglamento (UE) 2023/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo (*).
(*) Reglamento (UE) 2023/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2023, por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de semiconductores y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Reglamento de chips) (DO L 229 de 18.9.2023, p. 1).
Modificaciones
- Modificación realizada (8 bis (se añade)) por Reglamento (UE) 2023/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de septiembre de 2023 por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de semiconductores y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Reglamento de chips) (Texto pertinente a efectos del EEE)
(DC de 18-09-2023) en vigor desde 21-09-2023 - Texto Original. Publicado el 11-05-2021 en vigor desde 21-09-2023