Articulo 8 Ayudas a los municipios de la Vega Baja del Segura para la inversión en sistemas urbanos de drenaje y limpieza sostenible
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»Artículo 8. Plazo de ejecución de las actuaciones
Vigente
Las obras correspondientes a actuaciones financiadas con cargo en este programa tendrán que estar ejecutadas, como máximo, el 30 de noviembre de 2026. Este plazo podrá ser prorrogado por la declaración de huelgas que afectan el desarrollo de las actuaciones, razones climatológicas que alteran calendarios de ejecución de obras o cualquier otra causa de fuerza mayor debidamente acreditada, y por el tiempo de retraso imputable a estas causas.
Modificaciones
- Modificación realizada (8) por DECRETO LEY 1/2024, de 30 de enero, del Consell, de modificación de los decretos leyes 13/2021, de 30 de julio, del Consell, y 13/2022, de 7 de octubre, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y concesión directa de ayudas para actuaciones de competencia local en los municipios de la comarca de la Vega Baja del Segura y Crevillent. [2024/815
(DOGV de 02-02-2024) en vigor desde 03-02-2024 - Artículo modificado por DECRETO LEY 6/2023, de 24 de marzo, del Consell, por el que se establecen obligaciones a los operadores de transporte público colectivo terrestre para la gratuidad temporal para los jóvenes menores de 31 años en los servicios públicos de transporte por carretera competencia de la Generalitat. [2023/3437]
(DOGV de 31-03-2023) en vigor desde 01-04-2023