Articulo 8 Aprovechamient... Ambiental

Articulo 8 Aprovechamiento eólico, canon eólico y Fondo de Compensación Ambiental

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Artículo 8. Creación, naturaleza, objeto y ámbito de aplicación.

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Al objeto de contribuir a regular y preservar el medio ambiente en su consideración de bien protegido, con carácter de ingreso compensatorio y como prestación patrimonial de derecho público de naturaleza extrafiscal y real, se crea el canon eólico aplicable al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2009 en vigor desde 30-12-2009