Articulo 79 Servicios sociales de I. Balears
Artículo 79 Declaración responsable y clases de autorizaciones administrativas
De acuerdo con la actuación que se tenga que desarrollar, es necesario presentar una declaración responsable u obtener alguna o algunas de las siguien tes autorizaciones administrativas:
a) Declaración responsable para crear, construir y modificar sustancial mente los centros donde se tengan que prestar servicios sociales, en sustitución de la autorización previa.
b) Autorización para la apertura y el funcionamiento de los servicios sociales y para los cambios de titularidad o modificación de las funciones y los objetivos.
c) Autorizaciones provisionales para supuestos excepcionales, cuando se prevean ubicaciones temporales.
d) Autorización para la suspensión y el cese de actividad de los servicios.
e) Cualquier otra autorización que se determine reglamentariamente según el tipo de actividad, centro o servicio social.
- Artículo modificado por Ley 12/2010, de 12 de noviembre, de modificación de diversas leyes para la transposición en las Illes Balears de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior
(BOIB de 25-11-2010) en vigor desde 26-11-2010