Articulo 79 Normas comunes en el ámbito de la aviación civil y creación de una Agencia Europea para la Seguridad Aérea
Artículo 79. Certificación de equipos de aeródromo relacionados con la seguridad
En relación con los equipos de aeródromo relacionados con la seguridad a que se hace referencia en el artículo 35, la Agencia:
a) | establecerá y notificará al solicitante las especificaciones detalladas para los equipos de aeródromorelacionados con la seguridad que estén sujetos a certificación con arreglo al artículo 35; |
b) | establecerá y pondrá a disposición las especificaciones detalladas respecto a los equipos de aeródromo relacionados con la seguridad que estén sujetos a una declaración con arreglo al artículo 35; |
c) | será responsable de las tareas relacionadas con la certificación, la supervisión y la ejecución en virtud del artículo 62, apartado 2, por lo que respecta a los certificados y las declaraciones hechas con respecto a los equipos de aeródromos relacionados con la seguridad con arreglo al artículo 35. |
- Texto Original. Publicado el 22-08-2018 en vigor desde 11-09-2018