Articulo 79 Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad
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Artículo 79. Estrategia Regional.

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1. El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha aprobará, con carácter cuatrienal, una Estrategia Regional de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad que, al menos, incluirá los objetivos vinculados al empleo, la educación y formación, la atención social y sanitaria, la atención temprana de la discapacidad, la accesibilidad a los bienes y servicios, la participación en la vida política y pública, el acceso al deporte, la cultura y el ocio normalizado, así como la forma en que habrá de garantizarse el derecho a la igualdad de oportunidades y la erradicación de toda forma de discriminación.

2. Asimismo, se informará anualmente a la Comisión parlamentaria para las políticas integrales en materia de discapacidad de las Cortes de Castilla-La Mancha del cumplimiento de dicha estrategia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-12-2014 en vigor desde 02-01-2015