Articulo 79 Garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia
Articulo 79 Garantía de d...olescencia

Articulo 79 Garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 79. Servicio de punto de encuentro.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El servicio de punto de encuentro es una prestación del Sistema Público de Servicios Sociales que proporciona un espacio neutral donde ejercer el derecho a visita y comunicación entre la persona menor y su familia con el objetivo de favorecer el derecho a mantener una relación normalizada con ambos progenitores y sus respectivas familias.

2. Este servicio garantiza la seguridad y el bienestar de la persona menor en situaciones de desprotección o conflicto familiar, proporcionando los apoyos necesarios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2010 en vigor desde 28-01-2011