Articulo 78 Títulos profe...a Mercante

Articulo 78 Títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 78. Remisión de la información relativa a la calidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los centros docentes y entidades a los que se refiere el artículo 76 proporcionarán a la Dirección General de la Marina Mercante la información requerida en la regla I/7 del anexo del Convenio STCW y en la sección A-I/7 del Código STCW, relativa a las medidas adoptadas para dar plena y total efectividad a sus disposiciones sobre la implantación del sistema de normas de calidad, cumplimiento y desarrollo de las normas de competencia y auditorias independientes.

2. La Dirección General de la Marina Mercante revisará la adecuación de la información recibida a los contenidos del Convenio STCW y la trasladará al Secretario General de la OMI y a la Comisión Europea.