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Articulo 78 Servicios sociales de Andalucía

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Artículo 78. Modelo de calidad del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.

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1. La calidad de los servicios sociales constituye un derecho de las personas usuarias y, en consecuencia, un objetivo prioritario y un deber del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía regulado en la presente ley.

2. Corresponde a la Consejería competente en materia de servicios sociales la mejora continua de la calidad de los servicios, a través de.

a) El fomento de la cultura de calidad y seguridad en el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.

b) El diseño de procesos integrales de atención fundamentados en la mejor evidencia científica disponible.

c) La generación y difusión de conocimiento y evidencia sobre las mejores prácticas de la atención social.

d) El desarrollo de métodos de evaluación de tecnologías aplicadas a los servicios sociales.

e) El desarrollo de los instrumentos que permitan la evaluación y acreditación de la calidad de los servicios y centros de servicios sociales.

f) La formación, el asesoramiento, la investigación y la innovación en mejora continua de la calidad en servicios y centros de servicios sociales.

g) El desarrollo de métodos que permitan la evaluación del grado de satisfacción y las opiniones de las personas usuarias.

3. Los instrumentos que ponga en marcha la Consejería competente en materia de servicios sociales para la mejora continua de la calidad de los servicios serán de aplicación a la totalidad de agentes involucrados en el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.

4. Las entidades locales podrán participar en el desarrollo, difusión y aplicación del modelo de calidad del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía que se defina.

5. Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas necesarias para garantizar una formación básica, progresiva y permanente de su personal en materia de igualdad entre mujeres y hombres, a fin de hacer efectiva la integración de la perspectiva de género como forma de mejora de la calidad del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2016 en vigor desde 18-01-2017