Articulo 78 Reglamento de...al carrer-

Articulo 78 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-

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Artículo 78. Reconocimiento y protección

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1. La Generalitat reconoce a los festejos taurinos tradicionales (bous al carrer) que se celebran en el territorio de la Comunitat Valenciana como una seña de identidad del pueblo valenciano y como un elemento característico y definidor de las celebraciones y de los eventos populares propios.

2. La Generalitat velará por el normal desarrollo, protección y adecuada imagen de los festejos taurinos tradicionales (bous al carrer) y efectuará, por sí o en colaboración con las asociaciones, organizaciones, colectivos o instituciones vinculadas a este sector, las acciones o actuaciones que sean precisas para la consolidación, implantación, expansión y cívica evolución de la fiesta.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-03-2015 en vigor desde 11-03-2015