Articulo 78 Medidas fiscales y administrativas 2003 de Andalucía
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»Artículo 78. Bonificación en las tasas de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la utilización de medios electrónicos para su presentación y pago.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (78 (se deroga)) por Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
(BOJA de 30-12-2021) en vigor desde 01-01-2022 - Artículo modificado por Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019.
(BOJA de 24-07-2019) en vigor desde 25-07-2019