Articulo 78 Estatuto de A...Valenciana

Articulo 78 Estatuto de Autonomía de Comunidad Valenciana

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Artículo 78.

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La Generalitat queda facultada para constituir instituciones de crédito especializado y otras instituciones necesarias para su política económica, en los términos establecidos en la legislación del Estado.

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  • Texto Original. Publicado el 10-07-1982 en vigor desde 11-04-2006