Articulo 78 Conservación ... Naturales

Articulo 78 Conservación de Espacios Naturales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 78. Vigilancia e inspección.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Sin perjuicio de la competencia que ostenten otros cuerpos o instituciones de la Administración, serán competentes para la vigilancia e inspección de lo previsto en la presente Ley, así como para realizar decomisos e incautaciones de medios ilegales o ejemplares de tenencia ilícita, el personal adscrito a los órganos administrativos de conservación de la naturaleza de la Consejería competente en materia de medio ambiente a la que se atribuyen estas funciones.

2. En los términos previstos en la legislación vigente, las autoridades y sus agentes con competencia en las materias reguladas por la presente Ley podrán acceder, e identificándose cuando se les requiera, a todo tipo de explotaciones e instalaciones en el ejercicio de sus funciones de vigilancia, inspección y control en relación con lo regulado en la presente Ley. Sus propietarios deberán facilitar la realización de las labores de vigilancia y las inspecciones, permitiendo, cuando se precise, la medición o toma de muestras, así como poniendo a su disposición la documentación e información que se requiera. Durante las inspecciones, los empleados públicos encargados podrán ir acompañados de los expertos que se consideren precisos, que estarán sujetos a las normas de secreto administrativo.

3. En las actas o denuncias que formularen los funcionarios encargados de la vigilancia e inspección por la comisión de presuntas infracciones a la presente Ley se harán constar las alegaciones que quiera hacer el presunto responsable. Estas actas y denuncias gozarán de la presunción de certeza en los términos que les atribuya la legislación vigente.

4. Los inspectores y agentes de la Consejería competente en materia de medio ambiente podrán requerir, cuando sea necesario para el cumplimiento de sus funciones, la asistencia de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y Policías Locales.