Articulo 77 Solución de l...deportivos

Articulo 77 Solución de los litigios deportivos

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Artículo 77. Actuaciones de inspección.

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Serán actuaciones de inspección las siguientes:

a) Visitas de comprobación.

b) Requerimientos de documentación.

c) Citaciones a comparecencia.

d) Toma de declaración.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-11-2018 en vigor desde 31-03-2019