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Articulo 77 Patrimonio Histórico de Andalucía

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Artículo 77. Clasificación.

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Los Espacios Culturales de Andalucía se clasifican en Conjuntos y Parques Culturales. Los Conjuntos en su constitución harán referencia a la tipología patrimonial por la que hayan sido objeto de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz los bienes inmuebles que los integran.

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  • Texto Original. Publicado el 19-12-2007 en vigor desde 08-01-2008