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Articulo 77 Medidas ante el reto demográfico y territorial

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Artículo 77. Comercio de proximidad.

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1. Las Administraciones públicas extremeñas fomentarán las cadenas de distribución cortas y los mercados locales, la transformación de productos agroganaderos a pequeña escala y las producciones de alta calidad, con el objetivo de aumentar el valor añadido y el retorno económico a los productores.

2. Del mismo modo, se incentivará la recuperación, modernización y digitalización del pequeño comercio. En este sentido, la Administración Autonómica impulsará la creación de herramientas tecnológicas y digitales que permitan al comercio de proximidad y los sectores productivos adaptarse y competir en el ámbito del comercio en línea. Asimismo, apoyará, asesorará, acompañará y ofrecerá cursos de formación en horario compatible con la conciliación laboral en este proceso de transformación digital a través de la consejería competente en materia de comercio.

3. Desde la Junta de Extremadura se impulsará, en colaboración con las asociaciones de comerciantes de la Comunidad Autónoma y la implicación de los consistorios y las Cámaras de comercio extremeñas, la creación de un Marketplace o plataforma online que dé visibilidad a los productos de los establecimientos del comercio de proximidad, que se ofrezca de forma totalmente gratuita a los pequeños comercios extremeños. Dicha plataforma irá acompañada de un plan de formación y de las herramientas tecnológicas y logísticas para posibilitar su funcionamiento.

4. Desde las diferentes administraciones públicas se pondrán en marcha campañas de educación en el consumo responsable y que fomenten la compra en establecimientos de las localidades extremeñas y de productos de cercanía, contribuyendo a hacer del pequeño comercio una actividad económica socialmente rentable y sostenible.

5. Desde las diferentes administraciones públicas se promoverán ayudas específicas a las entidades locales con riesgo de despoblación, destinadas a incentivar el consumo en el comercio de proximidad, y al mismo tiempo, permitan ser un soporte a las familias en riesgo de exclusión social.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022